Ordenanza de protección de la tenencia de viviendas
El 17 de septiembre de 2024, la Junta de Supervisores del Condado de Sonoma aprobó una ordenanza que establece nuevas obligaciones para los propietarios y nuevos derechos para los inquilinos de viviendas de alquiler en el área no incorporada del Condado de Sonoma. Esta ordenanza aumenta las protecciones de la Ley de Protección de Inquilinos de California (la Ley) eliminando ciertas exenciones de la Ley, limitando ciertas razones para los desalojos y, en algunos casos, aumentando los beneficios de reubicación para los desalojos sin culpa.
Las nuevas protecciones, además de las creadas por la Ley, incluyen:
- Comienzo de las protecciones por justa causa el primer día del arrendamiento cubierto.
- Ampliación de las protecciones de causa justa a los inquilinos de viviendas con ingresos limitados
- Limitación del desahucio por falta de pago del alquiler a los casos en que el alquiler atrasado supere los treinta días de alquiler (aplicable como máximo dos veces por año natural).
- Pago de la mayor parte del alquiler real o del alquiler justo de mercado cuando la ley exija pagos de realojamiento.
La ordenanza exige a los propietarios que faciliten determinada información a los inquilinos y que proporcionen una copia de un formulario de notificación aprobado por el condado a todos los inquilinos amparados por la protección de causa justa en virtud de la ordenanza y de la Ley.
La ordenanza también exige a los propietarios que presenten información relativa a la rescisión del contrato de arrendamiento para todas las rescisiones que se produzcan en la zona no incorporada del condado de Sonoma, independientemente de si se aplica la protección por causa justa.
Cuando sea invocada por la Junta de Supervisores tras la declaración de un estado de emergencia, la ordenanza podrá utilizarse para crear una protección de emergencia adicional contra el desahucio para los inquilinos de todo el condado.
Formularios y requisitos para propietarios AQUÍ »
Recursos para inquilinos AQUÍ »
La legislación aplicable se puede encontrar AQUÍ »
Antecedentes
La Junta de Supervisores del Condado de Sonoma aprobó limitaciones temporales contra los desalojos en los vecindarios del área baja del Río Ruso/Russian River, donde los residentes fueron más impactados por las inundaciones debidas a una tormenta a principios de este mes. Esto reemplaza la moratoria en todo el condado que se promulgó el 11 de febrero cuando la Junta ratificó una declaración de emergencia debido a las inundaciones.
¿Cuándo terminarán las limitaciones temporales en todo el condado contra los desalojos?
La prohibición contra los desalojos en todo el condado terminará el 27 de marzo.
¿Cuándo termina la las limitaciones temporales de desalojos en la zona baja del Río Ruso?
Las protecciones permanecerán en vigor hasta el 25 de agosto o hasta 30 días después de que la Junta dé por terminada la proclamación de emergencia por inundaciones.
¿Cuáles zonas están incluidas en la protección de desalojo?
Los códigos postales cubiertos – 95436, 95471, 95446, 95462, 95486 y 95430 – incluyen las áreas no incorporadas de Forestville, Guerneville, Rio Nido, Monte Rio, Villa Grande y Duncans Mills.
¿Los inquilinos siguen debiendo el alquiler durante la moratoria de desalojo?
Sí, los inquilinos siguen siendo responsables del pago del alquiler.
¿Qué tal si el inquilino no había pagado el alquiler durante los meses anteriores a la moratoria de desalojo?
Para los arrendamientos cubiertos, si no se pagó el alquiler antes de que comenzaran las protecciones de emergencia, pero no se había rescindido el contrato de alquiler, el propietario no puede rescindir el contrato por falta de pago hasta que terminen las protecciones de emergencia el 25 de agosto o hasta 30 días después de que la Junta ponga fin a la proclamación de emergencia.
¿Y si ya he enviado un aviso de evicción, se aplica esto retroactivamente y detiene ese desalojo?
Si ya se ha enviado la notificación de rescisión y el caso está listo para la retención ilegal, la ordenanza no impedirá que continúe el proceso.
¿Cuáles son las excepciones a la moratoria?
Los motivos actuales permitidos para rescindir un contrato de alquiler son (1) violencia, amenazas de violencia, o cuando un inquilino representa una amenaza inminente para la salud o la seguridad de un inquilino en otra unidad, (2) la recuperación de la posesión se está tratando con el fin de retirar inmediatamente la propiedad del mercado de alquiler, o (3) la recuperación de la posesión es necesaria para cumplir con la corte / orden del gobierno. También están exentos los dormitorios, los hospitales y centros de asistencia, el alquiler de una o dos habitaciones en una vivienda unifamiliar ocupada por el propietario y los alojamientos de corta duración, como los hoteles.